viernes, 10 de agosto de 2018

AYUDAS AL ALQUILER- LÍNEA JOVEN 2018

¿QUÉ SON?
 Son ayudas para el pago del alquiler de vivienda que sea residencia, durante el año 2018.

IMPORTE
50% de la cantidad que figure en el contrato.

DURACIÓN DE LAS AYUDAS
 Del 1 de enero de 2018, o desde la firma del contrato de alquiler si es posterior, hasta el 31 de diciembre de 2018, o fecha de finalización del contrato si es anterior y se informa de ello al servicio gestor.

DIRIGIDO A
Persona mayor de edad, con residencia legal en España, que no haya cumplido 35 años en el momento de presentar la solicitud, sea titular de un contrato de arrendamiento o que esté en condiciones de firmarlo y que los ingresos del conjunto de todas las personas mayores de 16 años que vivan en la vivienda arrendada (UNIDAD DE CONVIVENCIA), alcancen como mínimo 1,2 veces el IPREM (9.023,51 €) y no superen 3 veces el IPREM (22.558,77€)

-En el caso de familias numerosas o personas con discapacidad en la unidad de convivencia, el IPREM máximo de ingresos puede ser de 4 ó 5 veces.

El titular y solicitante es el que no debe haber cumplido 35 años para el resto de la unidad de convivencia no se tiene en cuenta la edad.

CONDICIONES DE LA VIVIENDA.
 Ubicada en Aragón
 Residencia habitual y permanente de la unidad de convivencia.
 El contrato de alquiler debe ser conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos.
 Debe tener fianza depositada en la DGA
No tener una renta mensual superiora 600 €,-en las tres capitales de provincia- ó 500 ó 400 en otras localidades, incluido el garaje y trastero, y sin que en esa cantidad se incorporen otros conceptos como los gastos de comunidad, etc. (Ver localidades en convocatoria)

 INCOMPATIBILIDAD
Estas ayudas son incompatibles con la Renta Básica de Emancipación y con cualquier ayuda para el pago del alquiler.

¿CUÁNDO LO SOLICITO?
 Tienes de plazo desde el 6 de agosto hasta el 6 de septiembre

REQUISITOS
- El solicitante, debe ser el titular del contrato 
- Deben estar al corriente del pago mensual de la renta del alquiler, lo que se justificará con la presentación de justificante bancario
- No pueden tener deudas pendientes con la Hacienda estatal y aragonesa, ni con la Seguridad Social - Además, para todas las personas de la unidad de convivencia:
          o No pueden ser parientes de primer o segundo grado de consanguineidad o afinidad de quien arrienda la vivienda. 
          o No pueden disponer de otra vivienda. (Excepto quienes, siendo titulares acrediten la no disponibilidad de la misma por causa de separación, divorcio u orden de alejamiento por violencia de género o no puedan habitarla por causa ajena a su voluntad, lo cual deberá ser acreditado).


DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
1. DNI o NIE en vigor de todas las personas que vivan en la vivienda, incluso los menores. En el caso de menores de 14 años, se podrá presentar el Libro de Familia. Los ciudadanos de la Unión Europea deberán presentar, además, el documento de identidad o pasaporte de su país.
2. Fotocopia del contrato de alquiler en el caso de tenerlo suscrito.
3. Justificantes bancarios del pago del alquiler hasta el mes de agosto de 2018. Con carácter excepcional se admitirá otra modalidad de pago hasta agosto de 2018
4. Volante colectivo de empadronamiento con todas las personas que vivan en la vivienda a fecha de la solicitud, o desde la suscripción del contrato de Arrendamiento
5. Ficha de Terceros cumplimentada a nombre del solicitante y sellada por el banco
6. SOLO EN CASO DE NO haber presentado declaración de IRPF en el 2017
 Certificación del centro o centros de trabajo indicando duración, antigüedad del contrato de trabajo e ingresos percibidos o pendientes de recibir en el ejercicio fiscal 2017. Asimismo, aportará certificados de altas y bajas de Seguridad Social.
 En el caso de trabajadores autónomos, justificantes de ingresos trimestrales a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2017.
 Para pensionistas y perceptores de subsidios, certificado de la pensión, subsidio o prestación percibida o a percibir en el ejercicio fiscal 2017.

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 MÁS INFORMACIÓN
www.aragon.es/ayudas_alquiler_2018
Subdirección Provincial de Vivienda de Teruel:
 San Francisco,1 Planta 1. Teléfono: 978 24 70 00
Subdirección Provincial de Vivienda de Huesca:
 Plaza Cervantes, 1 Planta 1. Teléfono: 974 29 32 44
Subdirección Provincial de Vivienda de Zaragoza:
 Ps.Mª Agustín,36 Ed.Pignatelli- Pta.9 .Tfno: 976 71 51 19

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