viernes, 7 de agosto de 2020

EL INSTITUTO ARAGONÉS DE LA JUVENTUD LANZA LAS AYUDAS AL RETORNO PARA 2020


 

Hasta 3.000 euros para aragoneses y aragonesas menores de 36 años que desean regresar

RETORNO DEL TALENTO JOVEN ARAGONÉS. SUBVENCIONES 2020


Normativa reguladora:


1.- OBJETO.

Facilitar a las/los jóvenes aragoneses/as, el retorno a la Comunidad Autónoma de Aragón, fomentando su actividad profesional o formativa en el territorio.


2.- BENEFICIARIOS Y REQUISITOS.

Pueden participar los jóvenes que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Haber nacido en Aragón o haber estado empadronados como mínimo un año ininterrumpido, antes de su salida fuera de la Comunidad Autónoma, en alguna localidad de la misma, dentro de los quince años anteriores al 1 de enero de 2020.

  • Haber residido o trabajado fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón durante al menos un año ininterrumpido inmediatamente anterior a la fecha del retorno.

  • Ser menor de 36 años en el momento de regreso al territorio de la Comunidad Autónoma.

  • Estar inscrito como usuario en el Programa “Retorno del Talento Joven Aragonés” a través de la su página web.


3.- GASTOS SUBVENCIONABLES.

  • Los gastos de desplazamiento

  • Los gastos ocasionados por el traslado de la localidad de origen en la que trabajen a Aragón.


4.- CUANTÍA DE LAS AYUDAS.

  • Importe de las ayudas: hasta 3.000 €.


5.- PLAZO DE SOLICITUD.

  1. En caso de que el regreso al territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón hubiera tenido lugar desde el 1 de noviembre de 2019 hasta la fecha de publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", la presentación de solicitudes se efectuará en el plazo máximo de tres meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.
  2. En caso de que el regreso al territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón sea posterior a la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y hasta el 31 de agosto de 2020, las solicitudes de ayudas deberán presentarse en el plazo máximo de tres meses desde que se produjera el regreso de la persona beneficiaria al territorio de la Comunidad.